Distrito Federal— El Senado aprobó hoy con 84 votos a favor y ninguno en contra una reforma al artículo 27 de la Ley general para el Control de Tabaco que flexibiliza la instalación de áreas exclusivas para fumar.
En la ley vigente se señala que en las universidades públicas o privadas así como en lugares con acceso al público «deberán existir zonas exclusivamente» para fumar, por lo que se ajustó con la frase «podrán destinarse zonas exclusivas para fumar».
Con «el texto propuesto se beneficia a aquellos lugares de acceso público, o áreas interiores de trabajo públicas o privadas, incluyendo las instituciones de educación superior, en lo referente a la obligación, a contar con zonas exclusivas para fumar, en virtud de que su giro no lo amerite o simplemente por querer contar con zonas 100% libres de humo de tabaco».
En la exposición de motivos se añade que «si no cuentan con las posibilidades para llevar a cabo las modificaciones o adecuaciones necesarias y señaladas, para poder contar con dichas zonas, y que no resulte necesario que recurran a la Secretaría de Salud en el término que marca la Ley, a efecto de celebrar los convenios o instrumentos administrativos necesarios que les permitan dar cumplimiento a la Ley en cuestión, por así convenir a los intereses propios del giro que desarrolla».
Además, «debemos dejar claro que el espíritu de la Ley General para el Control del Tabaco, es desincentivar el consumo de dicho producto restringiéndolo en la medida de lo posible, por lo que resulta hasta cierto punto ilógico estipular como una obligación que un establecimiento, independientemente de sus dimensiones, destine parte de éstas para el consumo de una sustancia altamente dañina para la salud».
La modificación se turnó a la Cámara de Diputados para su discusión y votación.
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“No hay mala administración que dure siete años, sin que le llegue su tiempo” bueno al menos esa es la idea
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